domingo, 3 de junio de 2012

Grado de discapacidad

 

Las personas con discapacidad constituyen un sector de población heterogéneo, pero todas tienen en común que, en mayor o menor medida, precisan de garantías suplementarias para vivir con plenitud de derechos o para participar en igualdad de condiciones que el resto de ciudadanos en la vida económica, social y cultural del país.
Es indudable que se han operado cambios en la manera de entender el fenómeno de la discapacidad y, consecuentemente, la aparición de nuevos enfoques y estrategias: hoy es sabido que las desventajas que presenta una persona con discapacidad tienen su origen en sus dificultades personales, pero también y sobre todo en los obstáculos y condiciones limitativas que en la propia sociedad, concebida con arreglo al patrón de la persona media, se oponen a la plena participación de estos ciudadanos.

 

Beneficios del reconocimiento del grado de discapacidad

Entre los posibles beneficios las personas con reconocimiento de grado de discapacidad, pueden señalarse los siguientes:
  • Acceso a las medidas de fomento del empleo para personas con discapacidad
  • Adaptación del puesto de trabajo
  • Adaptación de pruebas selectivas en el acceso al empleo público
  • Jubilación anticipada
  • Acceso a la vivienda de protección pública
  • Subvenciones y/o ayudas de carácter individual: tratamientos rehabilitadores, productos de apoyo, accesibilidad y adaptaciones en el hogar, etc.
  • Tratamientos rehabilitadores y de apoyo
  • Recursos y apoyos educativos
  • Pensión no contributiva (PNC) por invalidez
  • Prestaciones Lismi: Asistencia Sanitaria y Prestación Farmaceútica y Subsidio de Movilidad y Compensación para Gastos de Transporte
  • Prestaciones familiares: Asignación económica por hijo o menor con discapacidad acogido a cargo, o mayores de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior a 65%
  • Ampliación del periodo de descanso por maternidad en los supuestos de discapacidad del hijo o menor acogido.
  • Ingreso en Centros
  • Beneficios fiscales: Necesidad de ayuda de tercera personas para desplazamiento a lugar de trabajo, movilidad reducida, necesidad de vivienda adaptada, etc

    • Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
    • Impuesto sobre Sociedades (IS)
    • Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
    • Impuesto sobre el Dalor Añadido (IVA)
    • Impuesto especial sobre determinados medios de trasporte (IEDMT)
    • Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM)
  • Tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida
  • Bonotaxi
  • Reducciones en medios de transporte
  • Otras ayudas y servicios para el colectivo de personas con discapacidad que se contemplen en los organismos competentes en materia de Servicios Sociales ya sean municipales, autonómicos o estatales, o de la iniciativa privada social.

7 comentarios:

  1. miia miiaa.. ER_ KAPAH_ shu_morenikoh!

    publuca un blog de como hacer fotoos, las capturas y to eso no? caparroooooooh jajajajajaj

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  2. jajajajajajaajaaaajajajaja que imbecil..... caro caroo ya he echoo la cpatura y tal jajajaja estoy retocandooo ^^ ER_CHEEE!_ ( el mejor) jjajajajajaja :P

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    1. El mejooor o po la buenaas o por las malaaaaaaaaaaaaaaah! jajajajajajajajaja Tas cagao kapaaaaaaa, tira pa albox mijikaaaa jajajajajajajaj

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    2. jajajajajajaa tiraa tu pa albooox nenaa!!!! yo no engo naaa qeee buscar ayi jajajajaja! benetton!

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  3. jAJAJ CALLAA, OJALA Y ME FURAA :( nO ABRAS EL CAJÓN DE MIERDA CAPARROOOOOOOOX!
    iiioooooooooooooooooooooooooos caa dicee!! iioooos!!!
    CASTAÑO FERNANDEZ(L)
    ER_CHE el mejor! jajajajajaj

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